Ayudas para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales del sector comercial y artesano (2023)
Ayudas para pymes comerciales y artesanas que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid, para promover proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización e innovación tecnológica de sus establecimientos y/o talleres, contribuyendo de esta forma a la mejora de sus procesos de negocio y, por tanto, a la competitividad de ambos sectores.
Plazo de presentación
Fecha de inicio: 15/09/2023 Fecha de fin: 05/10/2023
Destinatarios
PYMES y empresarios individuales que se dediquen a la actividad del comercio o la artesanía.
Comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que son objeto la subvención.
Requisitos
- Ser originarios de cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo.
- En caso del sector comercial, desarrollar su actividad en un establecimiento físico abierto al público destinado a la venta minorista ubicado en la Comunidad de Madrid.
- En el caso del sector artesano, tener el taller en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Tener la consideración de PYME: aquellas que ocupen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros o bien su balance general anual no sea superior a 43 millones de euros.
- Su actividad económica debe estar incluida dentro de las agrupaciones establecidas en el Impuesto de Actividades Económicas, en adelante IAE, o en el repertorio de actividades y oficios artesanos que se detallan en el Anexo I.
- Estar dadas de alta en el IAE en el establecimiento o taller artesano donde va a llevarse a cabo la inversión para la que se solicita la subvención, en fecha anterior a la presentación de la solicitud.
- En el caso de personas físicas, estar además dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
- No estar incursas en las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y con la Comunidad de Madrid.
Fuente: Comunidad de Madrid